El pasado 15 de abril de 2021 fue publicado en la gaceta de gobierno del estado de México, el “ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE L A LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO”, esto con la intención perfeccionar del marco jurídico regulador del derecho notarial en el estado y adecuarlo a la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México.
Tomado en cuenta que la justicia alternativa llevada a cabo a través de la mediación y conciliación promueve la cultura del diálogo y negociación dentro de la sociedad mexiquense, el ejecutivo del estado realizo una serie de reformas y adiciones al “Reglamento de la ley del notariado del estado de México”. Esto con el motivo de precisar, por mencionar algunos, quienes serán responsables de llevar a cabo la medición-conciliación notarial, los requisitos con los que deberá contar el personal que lleve mediación.
Dentro de las modificaciones llevadas a cabo destacan los siguientes; solo los notarios que se encuentran certificados como mediadores conciliadores podrán llevar a cabo la medicación-conciliación notarial, las actuaciones de los notarios en materia de arbitraje y mediación-conciliación, se asentarán en libros distintos, mencionar la existencia de un reglamento para el Centro de Mediación-Conciliación Notaria. Estos son solo algunos de los puntos de mayor peso que menciona el acuerdo.
Queda por demás decir que una vez expedido y publicado este acuerdo se derogaron todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que sean contrarias a las establecidas en el acuerdo, esto presenta un avance sustancial para la resolución de conflictos de los habitantes mexiquenses, ya que la idea es que la población pueda resolverlos con mayor rapidez y eficacia.
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